VENEZUELA, CAMBIO DEFINITIVO PARA ENERO DE 2008


Tal como se tiene previsto el 1 de enero de 2008 entrará en vigencia la reconversión monetaria, cambio en la moneda que integra una serie de elementos vitales, que deben ser del conocimiento del venezolano, a fin de que éste domine y maneje en términos claros la nueva reexpresión.

Es por ello que el Banco Central de Venezuela, a través de su directorio, en ejercicio de sus facultades ha dictado las normas que regirán el nuevo cono monetario, así como el redondeo. En caso de este último, la regla establecida se aplicará con el objeto de que el precio o valor individual de los bienes y servicios, y otros importes monetarios reexpresados, se lleven a dos decimales.

A partir del 1 de octubre de 2007 se cumplirá la oferta, exhibición o exposición a la vista del público, tanto en bolívares actuales como en bolívares fuertes, de los precios de los bienes y servicios, distinguiendo tales precios con las expresiones “Bolívares” y “Bolívares Fuertes” o los símbolos “Bs.” y “Bs. F.”.

Indica en BVC que en caso de que para el 1 de enero de 2008, aún se encuentren bienes a la venta que tengan marcado el precio exclusivamente en bolívares actuales en el precio del producto, dicho precio se entenderá reexpresado en bolívares fuertes .

Asimismo, a partir del 1 de enero, para el pago o contabilización de las operaciones que tengan los bienes, servicios e importes monetarios, el redondeo a dos decimales se efectuará sobre el resultado de multiplicar la cantidad del bien por el precio o valor unitario indicado en dicho artículo.

De igual manera la preparación y presentación de los estados financieros correspondientes a ejercicios concluidos antes del 1 de enero de 2008, cuya aprobación se efectúe con posterioridad a dicha fecha, deberá realizarse en bolívares actuales de acuerdo con los principio de contabilidad generalmente aceptados.

Términos claros

La reconversión monetaria presentada hace escasos meses por el presidente de la República Hugo Chávez Frías, no es más que la eliminación de tres ceros a la moneda nacional, y con ello, a todo lo que se exprese en bolívares.

Para ello hasta ahora el Banco Central de Venezuela ha expuesto los parámetros que regirán dicha reforma, entre ellos que con la reconversión, la unidad monetaria también se llamará bolívar, pero para distinguirla de la unidad actual se le añadirá fuerte.

La medida consiste en que todos los precios, salarios, bonos, tributos, pensiones, y en general, cualquier operación o referencia en bolívares actuales, deberán ser convertidos a bolívares fuertes. Por ejemplo, un salario de 672.000 bolívares equivaldrá a 672 Bs. F.; un pasaje urbano de 900 bolívares equivaldrá a 0,90 Bs. F.; un pago de agua de 28.170 bolívares equivaldrá a 28,17 Bs. F.; un vehículo de 45.600.000 millones de bolívares equivaldrá a 45.600 Bs. F.

En relación a las causas que originan un nuevo cono monetario, el BCV considera que debido a la pérdida de poder de compra de las monedas y billetes, entraron en circulación nuevas especies monetarias de mayor denominación, por lo que fueron desapareciendo las de menor denominación, experimentándose sucesivos cambios.

A propósito de la reconversión monetaria se busca facilitar la comprensión de cantidades muy grandes de dinero, simplificar los cálculos aritméticos de importes denominados en moneda nacional, facilitar las transacciones en dinero, lograr un empleo más eficiente de los cómputos y registro contable, y reforzar la confianza en el signo monetario.

Etapa de transición

La reconversión monetaria incluye una período denominado “etapa de transición”, que consiste en el período durante el cual circularán simultáneamente las dos familias de billetes y monedas. Esta se inicia a partir del 1 de enero de 2008 y tiene una duración de seis meses aproximadamente.

En dicha etapa los precios continuarán expresándose tanto en bolívares fuertes como en su equivalente en bolívares actuales hasta la fecha que el Banco Central de Venezuela así lo determine.

Durante ese período podrá pagarse cualquier bien o servicio con ambas monedas, respetando las equivalencias. A partir del 1 de enero las personas e instituciones pueden cambiar gradualmente sus tenencias de monedas y billetes actuales.

Cabe destacar que el período de canje será lo suficientemente largo y se extenderá más allá de la transición, será definido previamente y dado a conocer al público con anticipación.

Posteriormente, en la etapa de consolidación las monedas y billetes actuales no podrán ser utilizados en ninguna transacción comercial o financiera, pero si cambiadas por las nuevas monedas y billetes, conforme con la equivalencia de 1.000 a 1, en las entidades financieras o las taquillas del propio BCV.

Reacciones ante la reforma

Especialistas en materia financiera han fijado posición respecto del cambio de clima monetario que se avecina en Venezuela, es el caso de Julio Bracho, asesor del BCV; René Centeno, economista y profesor de la Universidad Católica Andrés Bello; Luis Piña, economista, entre otros.

Analizando el cambio que se avecina a la moneda venezolana, el economista y profesor de la Universidad Católica Andrés Bello Guayana, René Centeno, dijo recientemente que no serán cumplidos ninguno de los objetivos planteados por el Gobierno, pues más que reexpresar la unidad de cuenta del país por un decreto o ley, lo que podría sustentar un Bolívar Fuerte es la mejora en la productividad sostenida del país y un índice inflacionario controlado.

A su juicio, uno de los objetivos que hasta ahora promete la venidera reconversión es la simplificación el manejo de cantidades de las personas, es decir tomando en cuenta una reducción de tres ceros al bolívar, si antes usted tenía 20 mil bolívares pues ahora tendrá 20, o si algo le costaba mil bolívares, a partir de enero del año que viene su precio será 1 bolívar.

Por su parte, el economista Luis Piña, cuestionó si la nueva reexpresión de la moneda se trata sólo de un nuevo ciclo monetario, de una paridad entre el bolívar y el dólar o simplemente de un bolívar fuerte más un tipo de cambio que permanezca en el equivalente de 2.150 bolívares por dólar.

A su juicio en el caso de una paridad cambiaria se necesitaría sacar de circulación todo el flujo de bolívares que está actualmente en la economía, para que un bolívar fuerte pueda equivaler a un dólar estadounidense.

Nuevo cono monetario

*A partir del 1 de enero de 2008, se reexpresa la unidad del sistema monetario de la República Bolivariana de Venezuela, en el equivalente a un mil bolívares actuales.
*Las obligaciones en moneda nacional deberán contraerse en el bolívar reexpresado, en sus múltiplos y, en su caso, submúltiplos.
*Los precios, salarios y demás prestaciones de carácter social, así como los tributos y demás sumas en moneda nacional, estados financiero u otros documentos, deberán reexpresarse conforme al bolívar reexpresado.
*El BCV garantiza la distribución de la nueva familia de monedas y billetes en todo el territorio nacional.
*Según en BCV la reconversión monetaria no alterará el poder de compra de los venezolanos.
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